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Derechos pasajero

Derechos de los pasajeros de vuelos en la Unión Europea

A medida que aumenta año tras año y de manera exponencial, el número de pasajeros de vuelos comerciales, es totalmente lógico considerar el aumento proporcional de incidencias de vuelo como retrasos, cancelaciones, overbooking o pérdidas de equipaje. Por ello, se establece la normativa que recoge los derechos de los pasajeros en el siguiente reglamento europeo:

  • Reglamento (CE) nº 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

Este reglamento se aplica en vuelos que salen de la Unión Europea, así como vuelos de compañías europeas que salen de aeropuertos de terceros países y se dirigen a un aeropuerto de la Unión Europea.

¿Cuáles son los derechos recogidos en la normativa CE 261 del Reglamento Europeo?

Esta normativa de vuelos comerciales en Europa, establece de forma clara y concisa las obligaciones de las compañías con sus pasajeros e identifica los diferentes tipos de incidencias de vuelo. También establece baremos y métodos que cuantifican la gravedad de la incidencia y la cuantía económica a la que el pasajero tiene derecho en caso de sufrir cualquier incidencia recogida en el reglamento CE 261. Es por ello, que si una incidencia de vuelo cumple con dichos parámetros, lo más probable es que la reclamación en un proceso judicial prospere de forma satisfactoria para el pasajero.

Dentro de los baremos contemplados en el reglamento, se establecen compensaciones económicas desde 250 a 600 € por pasajero, dependiendo del tiempo de retraso en un vuelo, así como la distancia recorrida del vuelo.

¿Quieres conocer el contenido que recoge exactamente el reglamento CE 261? Puedes acceder en el siguiente enlace: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2004-80291